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  • Ene 15
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Mitos y realidades: Facturación en terminales bancarias

Mitos y realidades: Facturación en terminales bancarias

Esto es lo que necesitas saber sobre la facturación instantánea

Desde finales del año pasado la facturación instantánea ha sido tema de conversación entre los contribuyentes debido al esparcimiento de información de diferentes medios de comunicación masiva que tergiversaron la información, generando incertidumbre y dudas. ¡Tranquilo! Aquí te ayudamos a esclarecer algunos puntos.

¿La emisión de facturas instantáneas es obligatoria?

Esta es la pregunta que más resuena en redes sociales, la respuesta es NO. La facturación instantánea es un mecanismo opcional donde al realizar pagos con tarjetas de crédito o débito, se generará de manera inmediata la factura a través de la Terminal Punto de Venta (TPV), de nuevo, siempre que el cliente opte por facturar de manera instantánea.

Si no deseas utilizar esta alternativa, el proceso de facturación continuará siendo el mismo.

¿Tengo que registrar mi RFC a las instituciones bancarias forzosamente?

No. Si no te interesa utilizar el servicio de facturación instantánea, no tienes razón para hacerlo. Sin embargo, si te interesa hacerlo, entonces sí, es necesario realizar esta actualización.

¿Cómo registro mi RFC en el chip de mi tarjeta?

Este proceso deberá realizarse directamente en las instituciones bancarias o directamente en los puntos de venta, dependiendo de lo que defina cada una. No será necesario que cambies el plástico, el banco emisor definirá el mecanismo para grabar el RFC en el chip de la tarjeta.

¿Quién puede hacer uso de esta facilidad?

La factura instantánea es válida únicamente para el titular de la tarjeta que acepten como medio de pago tarjetas bancarias, cuenten con una terminal punto de venta actualizada y que su operación se ajuste a esta forma de facturación.

¿El SAT quiere fiscalizar los ingresos de los contribuyentes?

No, en recientes declaraciones, Alejandro Ponce Rivera, socio de la firma Defensa Fiscal Grupo Jurídico, señaló que esta modalidad no tiene como objetivo fiscalizar los ingresos de los contribuyentes, enfatizando que nadie será perseguido por optar por esta forma de pago.

Cabe señalar que desde el año 2014 el Servicio de Administración Tributaria tiene la facultad de solicitar información, como nombre, domicilio y RFC, a las instituciones financieras sobre los contribuyentes que buscan uno de esos servicios, en caso de caer en discrepancia fiscal.

¿Cómo funciona la facturación instantánea?

Al solicitar la facturación instantánea, la Terminal de Punto de Venta (TPV) emitirá una hoja con un código QR que permitirá verificar que efectivamente se generó la factura. Al leer el QR se podrán visualizar los siguientes datos:

  • La URL de acceso al servicio donde muestra los datos del comprobante
  • Folio fiscal del comprobante
  • RFC del emisor
  • RFC del receptor
  • Total del comprobante
  • 8 últimos caracteres del sello digital del emisor del comprobante

Podrás consultar y descargar tu factura a través del portal del SAT con su RFC y contraseña o e.Firma (XML y representación impresa).

¡Ya lo sabes! La facturación instantánea es en realidad una alternativa útil para adquirir tus comprobantes fiscales a la que puedes recurrir de manera opcional.

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Fuentes:

Sat.gob.mx

Forbes

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