Qué es y cómo puedes hacerlo de manera adecuada

Los gastos deducibles de impuestos son aquellos que se realizan para cubrir necesidades básicas como salud y vivienda que se pueden restar del monto de tus ingresos sobre los que se calculan los impuestos. Estas deducciones permiten reducir el pago e incluso obtener devoluciones. 

¿Qué gastos son deducibles?

Como persona física:

  • Por concepto de salud: se pueden deducir aquellos gastos de salud que hayan sido específicamente para la persona en cuestión o familiares directos.
  • Pago de honorarios a médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos siempre y cuando los profesionales que presten estos servicios cuenten con título profesional expedido y registrado.
  • Gastos hospitalarios y medicinas que estén incluidos en la misma factura de dicho hospital.
  • Honorarios de enfermeras, análisis y estudios clínicos para evaluar la salud.
  • Compra de prótesis o aparatos para rehabilitación después de un suceso.
  • Primas de seguros de gastos médicos que complementan o son independientes de instituciones públicas de seguridad social.
  • Por concepto de educación: son deducibles de impuestos los pagos de colegiaturas en instituciones privadas siempre y cuando éstas tengan validez oficial y el monto sea acorde a los límites establecidos por el SAT.
  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Bachillerato: 24,500 pesos.

Como persona física con actividad empresarial:

Además de los puntos anteriores, podrás deducir  los gastos necesarios para realizar tu profesión o actividad económica. Por ejemplo, si eres dentista y para poder prestar tus servicios haces gastos en compra de herramienta, muebles, aparatos, entre otros; son conceptos son deducibles de impuestos.

Personas morales:

Los conceptos permitidos para deducir son aquellos relacionados con los gastos e inversiones que realizan para que el negocio opere.

  • Gastos de compra de mercancía respecto a la actividad económica.
  • Rebajas, devoluciones o bonificaciones en el precio final que se otorga al cliente.
  • Inversiones como acciones, activo fijo o títulos de valor.
  • Intereses comprobables de préstamos.
  • Los créditos incobrables y pérdidas por causa de fuerza mayor.
  • Pagos realizados respecto al Instituto Mexicano del Seguro Social así como el Seguro de Desempleo
  • Aportaciones realizadas para la creación de reservas de fondos de pensiones o jubilaciones de empleados.

¿Cómo puedo realizar la deducción de impuestos?

Hay dos puntos importantes que debes tener en cuenta a la hora de deducir impuestos, en primera instancia considera que deberás presentar una factura que cumpla con los requisitos establecidos por el SAT y no exceder la cantidad establecida por la misma institución. Para este segundo punto, considera:

  • Para las deducciones de gastos personales que tienen las personas físicas, la limitante es que la cantidad a deducir no puede exceder de lo que equivalen 5 salarios mínimos generales anuales o el 15% del total de ingresos que se declaren.
  • Mientras que para las personas morales, es necesario que todos los gastos sean presentados mediante la factura respectiva y que el pago haya sido hecho mediante transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta de crédito/débito o incluso monedero electrónico.

Errores comunes al deducir impuestos

Para deducir correctamente los impuestos hay ciertas prácticas que necesitas evitar, las 5 más comunes son deducir gastos de despensa, no contar con factura oficial o incluso utilizar comprobantes a nombre de otra persona.

Esta práctica es muy útil a la hora de realizar tu declaración anual, hacerlo de la manera debida te ayudará mucho.  Prueba Oorden y lleva el control de los gastos que realiza tu negocio. Conoce más detalles en Oorden.com.

Fuentes:

https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales

https://konfio.mx/tips/sat/que-conceptos-puedo-deducir-del-sat/

https://kueski.com/blog/finanzas-personales/dinero-economia/deduccion-impuestos-que-puedo-deducir/

http://imcp.org.mx/servicios/sintesis-informativa/si-usted-no-estan-obligado-a-presentar-su-declaracion-anual-de-impuestos-pienselo-dos-veces-antes-de-dejar-ir-la-oportunidad-pues-a-traves-de-las-deducciones-personales-podria-recibir-un-dinerito-ex/

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